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Este domingo veintinueve (29) de abril, el país será testigo y participe de uno de los procesos democráticos más trascendentales en la vida diaria de quienes en el habitamos, con motivo de la elección de los nuevos dignatarios de los organismos comunales de primer grado (juntas de acción comunal y juntas de vivienda comunitaria); en especial quienes hacen parte de esta expresión social organizada, autónoma y solidaria de la sociedad civil, cuyo propósito es promover un desarrollo integral, sostenible y sustentable construido a partir del ejercicio de la democracia participativa en la gestión del desarrollo de la comunidad, para el periodo comprendido, del primero (1) de julio del año dos mil doce (2012), al treinta (30) de junio del año dos mil dieciséis (2016). No se equivocan quienes manifiestan, que los comunales son los pioneros del desarrollo de los pueblos.
La invitación muy cordial es a hacer de esta una fiesta democrática electoral, en sana paz y armonía, donde se acepte el resultado que la democracia manifieste en las urnas en un estado social de derecho como el nuestro, donde prevalece la decisión de las mayorías como principio fundamental de la misma.
La administración municipal estará atenta al desarrollo de este evento democrático, para lo cual tendrá disponible un grupo de apoyo para acompañar, asesorar y despejar cualquier inquietud o duda que llegase a presentarse; para tal efecto podrá usted comunicarse a los teléfonos:
Es por esto que queremos exteriorizar el mayor de los éxitos, en este proceso electoral y de antemano reiterarles la disposición, que siempre hemos manifestado de trabajar de la mano todos juntos, para sacar adelante las grandes necesidades que aquejan nuestra ciudad.
La oficina Asesora de Participación Comunitaria hace un llamado especial a todos los organismos comunales tanto juntas de acción comunal como juntas de vivienda comunitaria para que alleguen de manera inmediata copia de la asamblea preparatoria que se debió realizar máximo el 15 de abril del presente año. Igualmente, hace un llamado a los integrantes del tribunal de garantías para que realicen el respectivo control de su organismo comunal, frente al manejo del libro de afiliados y de todo el protocolo que se debe adelantar para tan importante evento a realizarse el próximo 29 de abril.
El jefe de la oficina asesora para la participación comunitaria como responsable del direccionamiento estratégico, implementación y seguimiento de la Política publica de juventud de Fusagasugá adoptada mediante Acuerdo 23 de 2011, y con base a lo definido su Artículo 25, se permite convocar a las y los jóvenes miembros de organizaciones, grupos y lideres sociales juveniles, para que participen activamente en conformación de la mesa de concertación juvenil de Fusagasugá.
La mesa de concertación juvenil es una instancia autónoma de participación a nivel municipal que será integrada por el conjunto de grupos, colectivos, organizaciones juveniles y jóvenes interesados en participar activamente en la orientación ejecución y evaluación de la política pública de juventud.
Para tal propósito y con el fin de promover y apoyar este proceso, solicitamos a las y los jóvenes interesados en conformar la MCJF, que envíen sus datos e información en el archivo que encontraran adjunto a este comunicado, o solicitándolo por medio del correo electrónico jovenescontigocontodo@gmail.com, antes del 30 de Abril del presente año, con esta información apoyaremos los procesos de comunicación para promover la realización de la convocatoria del primer encuentro de la MCJF.
Cabe destacar que el no envió de la Información personal, no excluye en ningún momento la participación de las y los jóvenes en la MCJF, pues por su carácter autónomo, este proceso se realiza exclusivamente para facilitar la comunicación y convocatoria.
Acción comunal es una expresión social organizada, autónoma y solidaria de la sociedad civil, cuyo propósito es promover un desarrollo integral, sostenible y sustentable construido a partir del ejercicio de la democracia participativa en la gestión del desarrollo de la comunidad.
Es importante que la comunidad entienda la importancia que tiene participar en la organización comunal, legalmente constituida dentro del territorio en el cual vive permanentemente, o donde de igual forma desarrolla su actividad económica la persona en calidad de propietario de un establecimiento de comercio; cuando ya se tiene los 14 años cumplidos, cuente con todos los requisitos para tal fin, no tenga ningún impedimento de tipo legal y este en toda la predisposición de cumplir con sus derechos y deberes dentro de la junta como la de contribuir con el desarrollo de su sector y el bienestar de todos los que en el habitan.
Los organismos de acción comunal se clasifican en: primer grado (juntas de acción comunal y juntas de vivienda comunitaria), segundo grado (asociaciones de juntas de acción comunal), tercer grado (federaciones de acción comunal y cuarto grado (confederación nacional de acción comunal); sus dignatarios son elegidos cada cuatro años, razón por la cual es importante se conozca los siguientes aspectos fundamentales:
1. El día domingo veintinueve (29) de abril del año dos mil doce (2012) en todo el territorio nacional se deberá llevar a cabo las elecciones de nuevos dignatarios de los organismos comunales de primer grado (juntas de acción comunal y juntas de vivienda comunitaria).
2. Para tal efecto dichos organismos comunales deben realizar una asamblea previa, preparatoria para las mencionadas elecciones, la cual debe llevarse a cabo con no menos de quince días antes de dicha fecha, es decir a más tardar el día sábado catorce (14) de abril del año dos mil doce (2012).
3. En la citada asamblea se deben tomar unas decisiones fundamentales, que buscan rodear de todas las garantías dicho proceso eleccionario; para que los afiliados(as) como la comunidad, estén enterados con el suficiente tiempo de lo determinado para que participen en el mismo, entre las que se destacan las siguientes:
a. Hacer el nombramiento de un tribunal de garantías, integrado por tres filiados(as) a la junta, quienes ni deben aspirar ni ser dignatarios y de una comisión escrutadora.
b.- fijar sitio, fechas y horarios para afiliaciones, igualmente el día y hora que será cerrado el libro de afiliados(as), el que de todas maneras debe estar abierto hasta ocho días antes de las elecciones.
c.- Definir el sistema de presentación de candidaturas (planchas o listas); fijar fechas, sitio y horarios para recibir las mismas; como la fecha y hora límite para ello.
d.- Fijar sitio y horario de las votaciones (mínimo cuatro horas, máximo ocho horas).
e.- Definir el mecanismo para asignar cargos de presentarse empates y en caso de que la decisión tomada haya sido presentar candidaturas por lista.
f.- Las demás tendientes a darle garantías al proceso de elecciones.
Tomadas estas decisiones deberán ser divulgadas por medio de mecanismos, a través de los cuales las mismas sean de conocimiento público en la comunidad, a fin de que haya una importante participación en las elecciones,
4. El tribunal de garantías debe ser garante de que lo aprobado y acordado en la asamblea previa se cumpla, ya que su labor comienza a partir del momento que es nombrado y termina con la firma del acta de escrutinio el día de las elecciones; destacándose entre otras unas funciones básicas, las cuales son las siguientes:
a.- Garantizar que el libro de afiliados este a plena disposición de la comunidad.
b.- Con el secretario organizar y disponer todo lo necesario como sitio y logística para la realización de las elecciones e igualmente contribuir a la divulgación de la convocatoria.
c.- Darle plenas garantías a todos los aspirantes en la recepción de inscripción de planchas o listas.
d.- Garantizar la plena disposición de las urnas, listado de los votantes para las elecciones y aspirantes a ser dignatarios de las diferentes planchas o listas presentadas.
e.- Nombrar los jurados de votación.
f.- Con el presidente(a) y secretario(a), dar inicio y cierre al proceso de elección; permanecer atento y vigilante en el escrutinio y asignación de cargos, para que transcurran y se lleven a cabo como es debido.
g.- Con el presidente(a) y secretario(a), firmar el acta de resultados finales.
Tal como se informo en el Comité territorial de Justicia Transicional, la Oficina Asesora de Participación Comunitaria se permite presentar el Plan integral Unico para la atención a la población Desplazada y victima de la Violencia.
A continuación podra descargar una presentación en la cual se describe la Ley 743 de 2002, normatividad por la cual se conforman y rigen las juntas de Acción Comunal:
Acérquese a nuestras oficinas de lunes a viernes, de 8:00 AM a 12:00 M y de 2:00 PM a 6:00 PM.